Hace unas semanas, nuestro país se indignó con la lamentable muerte de dos jóvenes trabajadores de Mac Donald´s al producirse una explosión en la cocina que acabo con sus vidas. Sin embargo, esta tragedia no es un hecho aislado, lamentablemente presentamos una de las tasas más altas de accidentes en la región, cerrando el 2019 con un total de 34,800 accidentes laborales de los cuales 236 fueron mortales.

La precariedad y ausencia de cumplimiento de las normas laborales, determina un riesgo exponencial a la vida del trabajador, aunado a la desprotección frente a la verificación de estos accidentes, razón por la cual el Gobierno como una respuesta ante un tema sensible y muy mediático decidido efectuar una reforma de uno de los principales seguros obligatorios laborales: El Seguro Vida Ley.

El marco legal precedente, establecía la obligatoriedad de su contratación luego de 4 años de relación laboral, pero también era optativo luego de 3 meses, y cubre muerte natural (con una indemnización equivalente a 16 sueldos), muerte accidental (con una indemnización equivalente a 32 sueldos) e invalidez total o permanente por accidente (con una indemnización equivalente a 32 sueldos).

Ahora, con la emisión del Decreto de Urgencia 044-2019, se establece que la contratación de dicho seguro desde el primer día de trabajo, con lo cual, según cifras del Ministerio de Trabajo, 2´900,000 de trabajadores se verán beneficiados con dicho seguro, lo cual, si bien no resuelve el problema central, ofrece un sistema de respaldo e indemnización más expedito (sin perjuicio de las indemnizaciones por daños y perjuicio que correspondan).

Es lamentable que este tipo de seguros y otros de responsabilidad civil no se contraten por aquellas personas naturales o jurídicas que realizan actividades de riesgo, como una forma de proteger su patrimonio por los daños que pueda causar la actividad que realizan, y que se tenga que contratar de manera forzosa cada vez que se presenta la tragedia.

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