El pasado 30 de septiembre de 2021 el Presidente de la República presentó ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la "Iniciativa de Decreto por el que se reforman los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos"  (en lo sucesivo, la "Iniciativa de Ley"), con la cual se propone que el Estado recupere la conducción del Sistema Eléctrico Nacional a través de la Comisión Federal de Electricidad (en lo sucesivo, la "CFE") y limita nuevamente la participación del sector privado en la cadena de valor de la industria eléctrica.

La Iniciativa presentada contempla, entre otras, las siguientes adiciones, restricciones y modificaciones:

Generación, conducción, transformación, distribución y abastecimiento de energía eléctrica

En caso de prosperar dicha Iniciativa de Reforma, la electricidad se establecería como área estratégica a cargo del Estado, incorporando la generación, conducción, transformación, distribución y abastecimiento de energía eléctrica como parte de dicha área, con base en lo siguiente:

  1. La CFE dejaría de ser una empresa productiva del Estado, carácter que adquirió derivado de la reforma energética del 20 diciembre de 2013 y mediante la publicación de la Ley de la CFE el 11 de agosto de 2014, reincorporándose como organismo del Estado junto con sus subsidiarias. Asimismo, sería responsable de la ejecución de la "Transición Energética" en materia de electricidad, así como las actividades necesarias que conlleva.
  2. El Centro Nacional de Control de Energía se reincorporaría a la CFE. Actualmente dicho Centro opera de manera independiente, bajo principios de competencia económica, otorgando acceso a la Red Nacional de Transmisión y Redes Generales de Distribución, en términos no indebidamente discriminatorios, cuando es técnicamente posible.
  3. Se establecen límites de participación a la CFE y al sector privado; la CFE generaría por lo menos el 54% del consumo eléctrico nacional de forma permanente, mientras que el sector privado podría participar hasta en el 46% del consumo eléctrico nacional, sujeto a la planeación y control del sistema eléctrico nacional a través de la CFE.
  4. El 46% de participación del sector privado se incorporaría mediante un mecanismo de adquisición por parte de la CFE, basado en procedimientos de competencia.
  5. Para la instrumentación del sistema eléctrico propuesto en esta Iniciativa de Ley, se propone la cancelación de todos los permisos de generación eléctrica otorgados y los contratos de compraventa de electricidad, así como de las diversas figuras de generación privada y las solicitudes pendientes de resolución.
  6. No se reconocería la generación derivada procedente de las modificaciones a los permisos de autoabastecimiento ni será adquirida por la CFE, cuando se considere que el otorgamiento del permiso correspondiente haya sido otorgado en contravención a lo establecido en la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Tampoco se reconocería la generación excedente de los Productores Independientes de Energía derivada de permisos sobrepuestos al permiso original de la central.

Minerales

En relación con esta materia, se propone no otorgar concesiones sobre el litio y demás minerales estratégicos necesarios. Las concesiones mineras ya otorgadas por el Estado y en las que existen antecedentes de explotación de litio avalados por la Secretaría de Economía, no serían afectadas por esta prohibición. No obstante, tendrían que demostrar que han cumplido con el mandato legal por el cual hayan sido otorgadas.

Principales acciones

Conforme a la propuesta, la Secretaría de Energía tendría las funciones de regulación incluyendo el otorgamiento de permisos de generación, que actualmente tiene a su cargo la Comisión Reguladora de Energía (en lo sucesivo, la "CRE").

Asimismo, la CFE determinaría las tarifas de las redes de Transmisión y Distribución, así como las tarifas para usuarios finales.

Por otro lado, es importante señalar que se cancelarían los Certificados de Energías Limpias y se suprimirían los órganos reguladores en materia energética, como lo son la Comisión Nacional de Hidrocarburos y la CRE; su estructura y atribuciones se incorporan a la Secretaría de Energía en lo que correspondan.

Consideraciones relevantes

La presente Iniciativa de Ley necesita sujetarse al procedimiento legislativo de aprobación, mismo que requiere: (i) que el Congreso de la Unión (Cámara de Diputados y Cámara de Senadores) apruebe la iniciativa con el voto favorable de dos terceras partes de sus miembros presentes; y (ii) que sea aprobada por la mayoría de las legislaturas de las entidades federativas.

En caso de prosperar la Iniciativa de Reforma, el actual marco constitucional de energía eléctrica quedaría en su mayoría sin efectos. Considerando lo anterior, es fundamental analizar el alcance de los cambios propuestos, así como sus potenciales afectaciones a las distintas actividades realizadas por el sector privado dentro de la industria eléctrica, a fin de definir las acciones y procedimientos, incluyendo los mecanismos de defensa nacionales e internacionales, para enfrentar los potenciales cambios propuestos mediante esta Iniciativa de Ley.

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