El 31 de agosto de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número ACDO.AS2.HCT.230721/187.P.DIR, dictado por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en sesión ordinaria de 23 de agosto de 2021, a través del cual se autoriza la modificación del diverso acuerdo referente a las "Reglas aplicables a los patrones y demás sujetos obligados que se dediquen de forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción, para registrar las obras de construcción, sus fases e incidencias", así como su Anexo Único, los cuales entran en vigor al día siguiente de su publicación.

La citada modificación se efectuó específicamente a la regla Primera, fracción II, segundo párrafo, del Anexo Único del Acuerdo número ACDO.SA2.HCT.280617/148.P.DIR, en los siguientes términos: i) en el apartado "Tipo de Usuario", se agregó la figura de subcontratista de ejecución de obra especializada; ii) en el apartado "Monto de la obra o Monto del contrato", se adicionó el monto del contrato para la ejecución de obra especializada; y iii) se incluyeron los apartados "Objeto de la obra especializada a ejecutar", "Número aproximado de trabajadores que participarán en la ejecución de la obra especializada" y "Número de Registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas (REPSE)".

Recomendamos que la publicación en comento sea revisada en lo individual para poder identificar oportunamente otros temas que pudieran ser de interés y que no se comentan en este Flash Informativo.

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